“Una nueva alternativa de gestión territorial es la mancomunidad, sobre la base de objetivos comunes y transparentando los intereses, ello permitirá lograr ventajas de escala, optimizando y potenciando los escasos recursos económicos y las capacidades humanas”
Vicente Solórzano
Con el apoyo institucional del Servicio Holandés de Cooperación al Desarrollo-SNV, desde el año 2004 se inicia todo un proceso de análisis de la viabilidad y motivación para que las municipalidades del sur occidente de la provincia de Loja se puedan asociar bajo la figura de mancomunidad, es así que se mantiene una reunión con los diferentes alcaldes y concejales para socializar este nuevo modelo de gestión territorial llamado mancomunidad que desde el ámbito legal se amparaba en lo establecido en la ley de Descentralización y Participación Social y su reglamento de 1997 y 2001 respectivamente, así como en la Constitución Política de República del Ecuador Art. 229, las leyes de régimen provincial, municipal y parroquial.
Se conforma el primer directorio encabezado por el Alcalde del cantón Pindal de ese entonces e integrado por los alcaldes de los demás cantones. Ellos lograron mayor motivación y los primeros acuerdos y compromisos en conjunto. Desde la Secretaría Técnica de la mancomunidad conformada por el asesor de SNV y las y los técnicos de las direcciones ambientales de las municipalidades se realiza un documento estratégico en el que se analiza a profundidad la viabilidad política, económica, técnica, legal, logística, social, etc., así como los requisitos para constituirse legalmente con personería jurídica amparado en el decreto ejecutivo 3054. Por las varias ocupaciones de los alcaldes y técnicos municipales el proceso se vuelve lento y los objetivos propuestos se postergan.
Luego en la ciudad de Macará el 10 de agosto del 2006 se cambia de directiva la misma que la preside el Sr. Alcalde de Macará, quien continua impulsando y motivando el fortalecimiento de la mancomunidad, suscribe un convenio con el proyecto Binacional Catamayo Chira para el fortalecimiento de la mancomunidad con el cual se logra adquirir mobiliario y equipos de oficina, se elabora un proyecto para gestión de recursos sobre manejo y de microcuencas, se firma un comodato con el Consejo Provincial para ocupar una oficina en el edificio del Patronato Provincial. Posteriormente el 27 de agosto de 2007 se suscribe el primer acuerdo de mancomunidad, se logra hacer la notarización de los documentos para el trámite de la personería jurídica en el Ministerio de Gobierno Policía y Municipalidades. Sin embargo este procedimiento se suspende por cuanto con la promulgación de la nueva constitución tendrá nueva figura legal a la cual se debería acoger la mancomunidad.
En el año 2009 se cambia de directiva, asumiendo la presidencia el Sr. Alcalde de la Municipalidad de Puyango, se pone en funcionamiento la oficina de la mancomunidad con una secretaria permanente, participa en eventos a nivel nacional e internacional sobre mancomunidades, luego de una importante gestión logra el financiamiento de un proyecto con el Ex Programa de Desarrollo Rural-PRODER adscrito al MIES con un monto 297.834 dólares que será ejecutado en los próximos tres años.
Del 2010 a febrero de 2013 se ejecuta el proyecto en 10 microcuencas prioritarias en temas de construcción o mejoramiento de viveros municipales, producción de plantas, plantaciones, protección de fuentes de agua, construcción de abrevaderos, también se realizan estudios como la caracterización biofísica de fuentes de agua. Un componente importante también trabajado en las microcuencas, es la implementación de 10 emprendimientos productivos, en temas agrícolas, pecuarios, industriales, entre otras, ello como estrategia de inclusión social para un desarrollo económico de las personas en estado de pobreza.
Con la promulgación de la Constitución de la República del Ecuador en el año 2008, viabiliza y legitima la conformación de mancomunidades como determina el Art. 243, luego se promulga el Código Orgánico de Organización Autonomía y Descentralización, que en los Artículos 285 al 293 claramente establece los procedimientos para su conformación. Con esa base jurídica y amparada en el Art. 225, inciso 4to, de la Constitución de la Republica y por acto legislativo de los concejos municipales se resuelve crear la mancomunidad, posteriormente el 30 de mayo de 2011 es reformado el acuerdo intermunicipal de constitución de la mancomunidad y luego de una serie de gestiones es promulgada en el Registro Oficial No. 560 del 20 de octubre de 2011